Declaraciones tributarias obligatorias

Declaraciones Tributarias Obligatorias

Los trabajadores autónomos tienen que presentar de forma periódica una serie de declaraciones ante la Agencia Tributaria dependiendo del tipo de actividad que realiza.

Las más habituales son:

  • Declaración trimestral de I.V.A.
  • Declaración anual del I.V.A.
  • Declaración trimestral del I.R.P.F. (por retenciones practicadas a terceros)
  • Declaración anual del I.R.P.F. (por retenciones practicadas a terceros)
  • Pagos fraccionados por I.R.P.F.
  • Declaración trimestral de operaciones intracomunitarias.
  • Declaración anual de operaciones intracomunitarias.
  • Declaración anual de operaciones con terceros.
  • Declaración de la Renta.

Si se realizan actividades en España con personas físicas o jurídicas no residentes, o directamente en el exterior, pueden surgir otro tipo de exigencias informativas por parte de la norma tributaria.

rendimientos de actividades económicas y profesionales

 ¿ Qué rendimientos se consideran como actividades económicas ?

En particular, tienen la consideración de rendimientos de actividades económicas, los que procedan del ejercicio de:

  • Profesiones liberales, artísticas o deportivas.
  • Actividades de prestación de servicios.
  • Actividades de comercio.
  • Actividades de artesanía.
  • Actividades agrícolas, ganaderas y forestales.   
  • Actividades de fabricación.
  • Actividades pesqueras.
  • Actividades de construcción.
  • Actividades mineras.
  • Actividades extractivas.

El arrendamiento de bienes inmuebles se realiza como actividad económica, únicamente cuando concurran las dos circunstancias siguientes:

  • Que en el desarrollo de la actividad se cuente, al menos, con un local exclusivamente destinado a llevar a cabo la gestión de la misma.
  • Que para la ordenación de aquélla se utilice, al menos, una persona empleada con contrato laboral y a jornada completa.
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Métodos y modalidades en la determinación de Rendimiento Neto

 

Métodos y modalidades en la determinación de Rendimiento Neto

Los métodos de determina­ción del rendimiento neto de las actividades empresariales, mercantiles o no mercantiles, y de las profesionales son los siguientes:

  • Estimación directa, que admite dos modalidades: normal y simplificada
  • Estimación objetiva, que se aplica como método voluntario a cada una de las actividades económicas, aisladamente consideradas, que determine el Ministro de Economía y Hacienda

¿Cómo se aplica el método de estimación directa?

El método de estimación directa admite dos modalidades: normal y simplificada.

Ámbito de aplicación de la modalidad normal

La modalidad normal del método de estimación directa debe aplicarse obligatoriamente para la determinación del rendimiento neto de todas las actividades económicas desarrolladas por el contribuyente, salvo que el rendimiento neto de todas ellas se determine mediante el método de estimación objetiva, siempre que se cumpla cualquiera de los dos siguientes requisitos:

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