¿qué datos hay que poner en la factura?

 

Requisitos de las facturas emitidas y recibidas

La ley señala los requisitos mínimos que deben presentar las facturas y sus copias o matrices. Las facturas pueden contener otra información adicional a la estrictamente requerida. Tales requisitos son los siguientes:

  • Número y, en su caso, serie. La numeración de las facturas debe ser correlativa pudiendo establecerse series diferentes, especialmente cuando existan diversos establecimientos.
  • Nombre y apellidos o denominación social, NIF atribuido por la Administración española, o en su caso, por la de otro Estado miembro de la Comunidad Económica Europea y domicilio, tanto del expedidor como del destinatario. Si el destinatario fuera una persona física que no desarrolle actividades empresariales o profesionales, bastará que conste su nombre y apellidos y su NIF (no será obligatoria la consignación de su domicilio).
  • Descripción de la operación y su contraprestación total. Cuando dicha operación esté sujeta y no exenta del IVA, deberán consignarse en la factura los datos necesarios para la determinación de la base imponible, el tipo aplicable y la cuota repercutida salvo cuando la cuota se repercuta dentro del precio, indicándose en este caso únicamente el tipo aplicado, o bien, la expresión "IVA incluido", si así está autorizado.
  • Si la factura comprendiera entregas de bienes o servicios sujetos a tipos diferentes en el IVA, deberá diferenciarse la parte de operación sujeta a cada tipo.
  • Fecha de expedición de la factura y, si fuese distinta de esta, fecha en la que se hayan efectuado las operaciones o se haya recibido el pago anticipado.  

Como hemos indicado, éstos son los cuatro requisitos mínimos pero imprescindibles que deben observarse en la confección de las facturas, si bien, como es costumbre, a los anteriores suelen acompañarse otros como la firma, el sello, forma de pago...

Principio de devengo

 

Criterio general de imputación fiscal: Principio de devengo

La ley del IRPF establece como principio inspirador básico en esta materia la remisión a la normativa reguladora del Impuesto sobre Sociedades, sin perjuicio de determinadas especialidades contenidas en el propio Reglamento del Impuesto.

De acuerdo con la normativa del Impuesto sobre Sociedades, el criterio general de imputación fiscal está constituido por el principio de devengo, conforme al cual los ingresos y los gastos se imputarán en el período impositivo en que se devenguen, atendiendo a la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan, con independencia del momento en que se produzca la corriente monetaria o financiera, respetando la debida correlación entre unos y otros.

Lo más relevante de la contabilidad para el autónomo

 ¿Por qué es importante la contabilidad para el autónomo?

Además de las exigencias de la norma tributaria, la contabilidad es fundamental en cualquier actividad económica. El procedimiento para conocer el resultado económico de lo realizado como emprendedor es básico para la correcta asignación de recursos y una eficiente toma de decisiones.

La necesidad de demostrar a una entidad financiera el control de las actividades y las previsiones para el futuro, la adecuada justificación de una subvención recibida, la supervisión y gestión de los cobros a clientes y de los pagos a proveedores,  o la demostración ante un tercero de las operaciones realizadas, también son motivos habituales que exigen una correcta contabilidad.

¿Qué libros contables son obligatorios para Hacienda?

Empresarios no mercantiles en estimación directa normal y todos los empresarios en estimación directa simplificada.

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